Cursos Gratis > Glosario de Términos de Formación > Trabajador por cuenta propia
Trabajador por cuenta propia es todo aquel trabajador que desempeña una actividad económica de forma independiente y de forma directa sin depender de la contratación de un tercero. Por lo tanto, no existe una vinculación entre terceros como la que hay cuando se establece un contrato de trabajo.
Características de un trabajador por cuenta propia
Ventajas:
- Eres tu propio jefe por lo que la gestión y dirección dependerá únicamente de ti. Esto proporciona la capacidad de definir su propio horario.
- El propio trabajador decide qué actividad hacer siendo capaz con esto de definir sus propias metas y realizar sus propios proyectos
- Cuenta con bajos costes en iniciativas de capital social y en asesoría jurídica o legal
- El Régimen Especial de Trabajadores Autónomos proporciona una tarifa de 60€ a todo nuevo trabajador individual.
Desventajas:
- La competencia es mayor por lo que es necesario realizar una buena estrategia de diferenciación.
- Debido a la flexibilidad de horario este será de carácter irregular.
- Dificultad para saber diferenciar lo personal de lo profesional.
- Al tratarse de un trabajador por cuenta propia el porcentaje del pago de impuestos es mayor.
tipos de Impuestos que debe pagar un trabajador por cuenta propia
Existen tres principales tipos de impuestos:
- IRPF: Se trata del mismo impuesto al que deben hacer frente los asalariados, aunque en este caso supone un 15% sobre el bruto del total de cada factura.
- Cuota de autónomo: Es un tipo de impuesto que se debe paga mensualmente, es necesario si se desea realizar alguna actividad como trabajador por cuenta propia en España. El trabajador puede determinar qué cantidad pagar dentro de unos determinados rangos.
- IVA: Es el Impuesto sobre el Valor Añadido, y graba cualquier actividad económica con un 21%, un 10% o un 4% a no ser que esta esté exenta. En el caso del trabajador por cuenta propia o autónomo este actúa como recaudador, ya que el trabajador devuelve a Hacienda trimestralmente rellenando el modelo 303.